El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propinó un revés a Morena y diputados de minoría en el Estado de México, al desestimar la acción de inconstitucionalidad que promovieron en contra de las modificaciones al Código Electoral en la entidad, que permite y organiza los gobiernos de coalición.
El proyecto fue elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, primer asunto relevante que se atiende de su ponencia, en medio de la crisis sobre el presunto plagio de su tesis profesional.
De esta forma se podrán aplicar para las próximas elecciones del 4 de junio, las reformas promovidas por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), en el Congreso mexiquense, ante su proyecto de ir en coalición, para acordar el reparto de carteras en el gobierno y definir la agenda.
La votación a favor del proyecto de invalidar la reforma, de Esquivel Mossa, solo contó con el apoyo de sus colegas Arturo Zaldívar, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara, Loretta Ortiz Ahlf y Javier Laynez Potisek.
En contra votaron, la presidenta de la Corte, ministra Piña Hernández, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Luis María Aguilar.
Debido a que se requiere de una mayoría de ocho votos, no se logró invalidar la reforma impugnada, con lo que se dio por definitivamente cerrado este caso.
El artículo 74 Bis del Código Electoral del Estado de México, uno de los impugnados por Morena y legisladores de minoría, se podrá aplicar para el proceso electoral del presente año.
“En el caso de coalición o candidatura común para postular personas candidatas a Gobernador o Gobernadora, los partidos que la integren podrán suscribir un acuerdo específico en el que se establezca la forma en que estos participarán en la integración de las dependencias del Ejecutivo y sus organismos auxiliares, así como en la definición de la agenda legislativa”, se establece en la norma.
En la reforma publica el 30 de septiembre del año pasado en la Gaceta Oficial de la entidad, también se autorizó al Tribunal Electoral del Estado de México resolver las controversias derivadas del incumplimiento de los pactos basados en ese artículo.