25 noviembre, 2024

Pensión ISSSTE 2023: ¿Habrá PAGO extra o aumento para jubilados en septiembre?

Uno de los momentos más esperados por todo trabajador del sector formal en México es, sin lugar a dudas, aquel en el que puedan gozar de la pensión acumulada durante su vida laboral activa.

Bajo este contexto, no son pocos los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que tienen dudas en relación así recibirán un pago extra o un aumento en su pensión del mes de septiembre de este 2023.

Y es que, habrá que recordar que, fue hace unos días cuando el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado dio a conocer a los pensionados que ya está disponible la opción para hacer la portabilidad de sus períodos laborales en caso de que también hayan trabajado en el sector privado de México, es decir, que cotizaran en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

En este sentido, habrá que recordar que fue en semanas pasadas cuando las dos instituciones de seguridad más importantes de México, el IMSS e ISSSTE, firmaron el Convenio de Colaboración Interinstitucional IMSS-ISSSTE Portabilidad de Derechos.

Es de este modo que, tras celebrarse este convenio de portabilidad, las cotizaciones de los empleados que hayan realizado sus actividades laborales cotizando tanto en el IMSS como en el ISSSTE podrán juntar ambos períodos.

Con todo, hay que dejar en claro que el Convenio de Colaboración Interinstitucional IMSS-ISSSTE Portabilidad de Derechos no contempla algún pago extra o aumento de la pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado este mes de septiembre de este 2023.

No obstante, habrá que hacer hincapié en que, en caso de hacer la portabilidad IMSS e ISSSTE, los empleados del sector formal mexicano sí recibirán un mayor monto cuando se jubilen.

Cabe detallar, en este sentido, que la portabilidad que supone un aumento en el monto de la pensión una vez que se hayan jubilado los trabajadores, solamente aplica para los afiliados al IMSS e ISSSTE que se encuentren dentro del régimen pensionario de cuentas individuales, es decir, que empezaron a cotizar desde 2007 o, bien, quienes a partir de dicha fecha cambiaron la modalidad.

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