La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través del Centro de Conciliación Laboral (CCL) del Estado de Chihuahua, detalló que en caso de que algún empleador o empresa incumpla con el pago de aguinaldo, el CCL estará disponible para recibir las solicitudes por parte de las y los ciudadanos.
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo especifica que la persona trabajadora tendrá derecho al pago de aguinaldo anual, el cual debió efectuarse antes del día 20 de diciembre.
En caso de que el empleado no reciba su aguinaldo o el pago sea incompleto, tiene 365 días para reclamarlo.
Cabe destacar, que es el primer año, en que el Centro de Conciliación Laboral se hará cargo de resolver las quejas que se presenten ante la omisión o pago incompleto de aguinaldo. Lo anterior derivado de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Laboral en el estado de Chihuahua a partir del 3 de octubre.
En este sentido, el CCL exhorta a las y los ciudadanos acudir a una de seis sedes para realizar la solicitud correspondiente de forma presencial o efectuar la cita en línea en el sitio oficial www.ccl.chihuahua.gob.mx.
Los trámites también se pueden realizar en la dirección regional de Zona Norte situada en Ciudad Juárez, en Eje Vial Juan Gabriel #2160, esquina con Aserraderos; mientras que la dirección regional Zona Centro-Sur se ubica en la capital Chihuahua en Palacio de Justicia Laboral en calle Ignacio Allende #901, planta alta.
Asimismo, en las cuatro oficinas de representación: Hidalgo del Parral en Calle 20 de Noviembre #2 de la colonia Centro; Cuauhtémoc en Avenida Tecnológico #343, local 6, colonia Ejido Cuauhtémoc.
En Delicias, Avenida 20 de Noviembre y 50 Aniversario #2515, colonia Loma de Pérez; Nuevo Casas Grandes tiene sus instalaciones en Avenida Constitución #903, local 6, Colonia Centro.
El horario de atención es de lunes a viernes, de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, con todos los servicios gratuitos, sin necesidad de intermediarios.
Para dudas o aclaraciones, el Centro de Conciliación Laboral también tiene a disposición de la ciudadanía la solicitud de contacto en el sitio oficial, además del número telefónico 429 33 00, extensión 26301
Por su parte, la STPS insta a las empresas y empleadores a cumplir con lo establecido en la Ley del Trabajo, al recordar que es obligación del patrón pagar el aguinaldo a los trabajadores, de conformidad con el artículo 87.
En caso de dudas o aclaraciones también se encuentra la instancia de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, y el sitio en línea https://www.stpschihuahua.com/procu.