El Senado aprobó en lo general y particular la reforma que prohíbe las terapias de reconversión sexual a nivel nacional, la bancada del PAN y el PRI acusaron que la iniciativa que se avaló tiene ambigüedades jurídicas; sin embargo, sus llamados fueron rechazados por el grupo mayoritario de Morena y sus aliados.
Con 59 votos a favor, dos en contra y 15 abstenciones, se aprobaron en lo general y particular, la reforma que modifica los artículos 209 Ter y adiciona el 465 bis de la Ley General de Salud, por lo que se prohíbe este tipo de procedimientos en todo el territorio nacional, debido a que se vulneran los derechos humanos de las personas que son sometidas a este tipo de tratamientos.
La senadora del PRI, Claudia Anaya, aseguró que el dictamen para prohibir las terapias de reconversión sexual cuenta con “múltiples errores de técnica jurídica”; citó como por ejemplo, el párrafo que determina imponer hasta 18 años de cárcel a los padres que lleven a terapia a sus hijos menores de edad.
A considerar:
- Las terapias de conversión, también conocidas como ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género) son estrategias que tienen como único objetivo el de convertir a una persona a determinada orientación sexual mediante el uso de métodos de violencia física, psicológica o sexual. Estas por lo general se efectúan sobre personas que tienen una orientación sexual diferente a la heterosexualidad.