La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores no es el único programa social de la Secretaría de Bienestar que ha destacado por los resultados que ha dado en el transcurso de los últimos años.
En este sentido, otro de los programas sociales de la Secretaría de Bienestar que ha resaltado por su gran aporte es Jóvenes Construyendo el Futuro, mismo que, hasta el momento, ha beneficiado a un total de 2 millones 973 mil 449 jóvenes de entre 18 años y 29 años.
En este tenor, de acuerdo a la página web oficial de los Programas para el Bienestar, el próximo viernes 28 de junio del año en curso los beneficiarios de Jóvenes Construyendo el Futuro estarán recibiendo su próximo pago de 7 mil 572 pesos mensuales, equivalente a un salario mínimo.
Bajo este entendido, cabe hacer énfasis en ello, los beneficiarios del programa social Jóvenes Construyendo el Futuro, además del apoyo económico, reciben gratis los servicios médicos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Los requisitos y criterios para ser beneficiario de este programa social de Bienestar son los siguientes:
*Tener entre 18 y 29 años al momento de postularse a la actividad de capacitación.
*Bajo protesta de decir verdad, declarar no estar trabajando ni estudiando al momento de registrarse en el Programa.
*Identificación oficial vigente.
*CURP.
*Comprobante de domicilio (luz, agua, predial o teléfono) no mayor a 3 meses de haber sido expedido.
Inscribirse en la Plataforma Digital por cuenta propia o con asistencia de personal autorizado por la *Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), proporcionando la información requerida en el formulario de registro.
*Fotografía del o la joven registrada con el rostro descubierto, sin ediciones ni modificaciones, sosteniendo la ficha de registro proporcionada por el Programa.
*Aceptar los términos de la carta compromiso donde accede a cumplir con las Reglas de Operación y otras disposiciones que le apliquen como participante del Programa.
*Autorizar el uso de sus datos personales a la STPS, de acuerdo con la normatividad vigente en la materia.
*Las personas extranjeras deberán presentar el documento oficial vigente que acredite su estancia legal en el país expedido por las autoridades migratorias correspondientes.