Una nueva iniciativa de reforma, propuesta por Morena, ha desatado la preocupación de académicos y organizaciones de la sociedad civil.
La iniciativa, propuesta por el senador de Morena Ricardo Monreal, ya fue aprobada en comisiones del Senado, lo que desató la controversia. Acá te contamos de qué va la iniciativa de reforma que busca modificar la Ley de Amparo.
El pasado miércoles 10 de abril, las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda del Senado aprobaron, con 19 votos a favor y 13 en contra, reformas a la Ley de Amparo presentado por Ricardo Monreal.
El proyecto busca modificar los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo para limitar la posibilidad de que los órganos jurisdiccionales, dentro de los juicios de amparo que se interponen contra leyes que se expiden por el Congreso de la Unión o los estados, otorguen suspensión provisional y definitiva con efectos generales.
La propuesta pretende abordar un problema de interpretación y aplicación de la Ley de Amparo en México, particularmente en lo que respecta en la suspensión y a los efectos generales, detalla el documento.
El coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal, asegura que las reformas a la Ley de Amparo no son anticonstitucionales y sólo están encaminadas para que los jueces y magistrados no se extralimiten en sus facultades.
“Lo único que se está haciendo es cumplir con la Constitución, cumplir con la tradición del principio de relatividad, porque ellos no pueden invadir nuestras facultades ni funciones”, expresó el pasado 10 de abril.
Insistió en que lo que se busca es que el Poder Judicial no invada facultades y funciones, porque no puede declarar para efectos generales una suspensión en el hecho de derogar prácticamente una ley con una sentencia de amparo, pues, consideró, eso es invadir las facultades del Poder Legislativo.
Explicó que lo que la propuesta plantea es que el juez no se extralimite, que proteja al quejoso; pero no por el hecho de promover una suspensión genere un efecto “erga omnes”, que vale para todos, “esa es la violación y eso en la práctica deroga una norma creada por el legislador”.
“Abusan y se exceden” los jueces en sus atribuciones al otorgar suspensiones con efectos “erga omnes”, ello viola el principio de la relatividad, así como el propósito de proteger a los quejosos exclusivamente que acuden a la protección de la justicia.
Subrayó que el juicio de amparo y la suspensión se mantienen, lo único que evitamos es que el juez ordene que para todos los efectos se aplique y no sólo para quien solicita la protección.