23 noviembre, 2024

SAT alerta sobre fraudes en pensiones de trabajadores para evadir impuestos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que hay un nuevo tipo de fraude en que supuestos despachos ofrecen a los patrones planes de pensiones, con la intención de que puedan evadir el pago de impuestos por las nóminas de sus trabajadores.

Indicó que a través de estas prácticas se entrega dinero a trabajadores en activo y simulan que se trata de pagos por concepto de jubilaciones, pensiones o alguna otra forma de retiro, cuando en realidad se trata del pago de la nómina, con el fin de no considerarlos parte del salario del trabajador.

La máxima autoridad fiscal, explicó que de esta forma los patrones pueden darle el tratamiento de ingresos exentos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y evadir el pago de este gravamen en las pensiones de los trabajadores.

El SAT aseguró que el uso de dichos esquemas son un delito y si tienes una empresa lo mejor es no contratar estos esquemas porque se castiga con hasta 13 años de cárcel, además de que perjudica a los trabajadores en sus prestaciones de salud, vivienda y pensión.

La dependencia federal hizo un llamado a los patrones a no contratar estos esquemas a los trabajadores a cuidar sus derechos y denunciar cualquier anómala ante las autoridades en el correo denuncias@sat.gob.mx o en el siguiente enlace.

¿Qué otros delitos tiene registrados el SAT por evasión fiscal en empresas?

  • Empresas fantasma. Son empresas legalmente constituidas que simulan actividades empresariales, sin contar con la infraestructura para producir bienes o servicios.
  • Empresas facturadoras de operaciones simuladas. Son entidades que realizan operaciones simuladas para recibir un beneficio fiscal presentando facturas sin haber prestado algún servicio o entregado bienes, originalmente establecidos en el comprobante fiscal.
  • Empresas que deducen operaciones simuladas. Son empresas que adquieren un comprobante fiscal, con el cual pretenden comprobar gastos que sean deducibles en su declaración, e incluso solicitar devolución de saldos a favor.

Los ilícitos antes mencionados por empresas que expidan, enajenen, compren o adquieran conprobantes que amparen operaciones inexistentes falsas o actos jurídicos simulados se sancionan con hasta 9 años de prisión, según el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación.

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