El reparto de utilidades es un derecho establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) que gozan sólo algunos trabajadores mexicanos; el monto económico lo entregan las empresas que durante un año tuvieron ingresos superiores a los 300 mil pesos, en tanto, las compañías que tienen menos de un año de operaciones no están obligadas a dar un dinero extra a sus empleados.
Es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado. La distribución del pago se determina de acuerdo al número de horas laboradas por el empleado en los que se incluye también a las incapacidades, periodos de maternidad, vacaciones, permisos y feriados, otro factor que determina el pago es el nivel de ingresos y en sí la empresa tiene la obligación de dar el 10 por ciento, de acuerdo a las horas y el sueldo.
La Secretaría del Trabajo señala que el reparto de utilidades se reparte en dos partes iguales, la primera corresponde a repartir una cierta ganancia entre todos los trabajadores de acuerdo al número de días trabajados, mientras que la segunda parte se adecua al monto del salario que le corresponde al empleado por un año trabajado.
Empresas exentas a pagar las utilidades
- Las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento
- Las empresas de industria extractiva, de nueva creación
- Las instituciones de asistencia privada que realicen actos humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios
- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
- Las empresas de capital menor que fije la Secretaría de Trabajo y Previsión Social
¿Quiénes tienen derecho a recibir el pago de utilidades?
Los trabajadores participarán en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, el cual a la es del 10% de las utilidades netas. La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales; la primera parte se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios, mientras que la segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
De acuerdo con el Gobierno de México se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria, mientras que cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.
¿Quiénes tienen derecho a recibir el pago de utilidades?
Los trabajadores participarán en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, el cual a la es del 10% de las utilidades netas. La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales; la primera parte se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios, mientras que la segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
De acuerdo con el Gobierno de México se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria, mientras que cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.
¿Cuándo me deben pagar de utilidades?
La Ley señala que los trabajadores que laboraron durante 60 días continuos en una empresa merecen hacer valido su derecho laboral para recibir el pago de utilidades y los empleados que sí cuenten con este beneficio deberán recibir el 10 por ciento de utilidades netas y este se repartirá entre todos los que trabajan en un mismo lugar, tomando en cuenta los días trabajados, independientemente del salario que reciba cada uno.
“La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año”, se lee en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo.