22 noviembre, 2024

Ministro Luis María Aguilar retira proyecto sobre prisión preventiva oficiosa

Al reanudarse este jueves el debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre invalidar o no la prisión preventiva de oficio contemplada en la Constitución, el ministro ponente Luis María Aguilar retiró su proyecto para hacer una nueva propuesta que intente plasmar las posturas de sus pares.

“He encontrado algunos puntos en común que evidencian la posibilidad de llegar a un consenso mayoritario entre los integrantes de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que, en aras de construir una decisión que proteja los derechos de todas las personas, retiro el proyecto para reconstruir la propuesta y con ello, tratar de unir los puntos de conexión, así como matizar los disensos que nos separan, afín de proponerles una nueva metodología que nos permita expulsar los efectos dañinos de la prisión preventiva automática que ocasiona en la vida de las personas y de las familias mexicanas”, anotó el ministro Luis María Aguilar.

Sobre la inconstitucionalidad de la Constitución, aclaró que en ningún momento ello se encuentra contenido en el proyecto que él elaboró.

“En el proyecto no se ha propuesto la invalidez del artículo 19 constitucional, de ninguna manera”, expresó.

Además, rechazó haber afirmado o insinuado “quitarle hojas a la norma constitucional” y con ello, buscar vulnerar la Carta Magna, al recordar que hay una mayoría de ministros que coinciden en que la prisión preventiva oficiosa viola los derechos humanos.

“Insisto y reitero, como ya lo hice desde mi primera intervención que de ninguna forma y bajo ninguna interpretación, la interpretación constitucional que propuse significaría la desaparición de la prisión preventiva y la liberación inmediata de las personas que actualmente están en prisión preventiva oficiosa”, anotó, previo a anunciar que retiraría su proyecto.

Además, el proyecto “no afirma o propone que serán únicamente los operadores los que decidirán cada caso. Lo que se propuso es activar el mecanismo de revisión de medidas cautelares, previsto expresamente en el Código Nacional de Procedimientos Penales”, expresó.

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