Al analizar el juicio ciudadano 897 y sus acumulados, el pleno de la Sala Regional determinó que no está contemplado en el marco jurídico el ajuste establecido por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua en el procedimiento de asignación de diputaciones de representación proporcional.
Lo anterior, pues de una interpretación sistemática y funcional de las disposiciones aplicables, tanto de la Ley Electoral local como de los Lineamientos de Paridad, concluyó que si bien es cierto que la paridad en la integración del Congreso local debe ser revisada cada vez que se asignen diputaciones, también lo es que los ajustes se deben realizar únicamente cuando se rebase el límite previsto para cumplir con el referido principio constitucional.
Por lo que, se revocó la resolución de la responsable y, en plenitud de jurisdicción, la Sala Regional realizó la asignación de diputaciones, a partir de las listas presentadas por los partidos políticos y conforme a los porcentajes de votación obtenidos por quienes no alcanzaron el triunfo en sus distritos.
En dicha sesión se resolvieron catorce juicios ciudadanos y dos de revisión constitucional electoral, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx
Los 11 diputados plurinominales serán los siguientes: