29 marzo, 2024

Afectará Covid a los aguinaldos

Si lo descansaron un tiempo por el Covid-19, le pidieron días solidarios o le redujeron el salario por un periodo, tenga en cuenta que su aguinaldo podría ser menor este año o llegar más tarde.

A pesar de que Coparmex está impulsando en conjunto con los sindicatos obreros que las empresas apoyen a sus trabajadores con el aguinaldo completo en tiempo y forma, en la práctica la ley no respalda esta petición para quienes dejaron de laborar un tiempo por la pandemia, explicó Ricardo Barbosa, encargado de asuntos laborales del organismo patronal.

En el caso de los trabajadores que no han podido laborar porque pertenecen a grupos vulnerables, por ejemplo de la tercera edad o con enfermedades degenerativas, se considera una incapacidad por enfermedad general, y por tanto, sólo tendrían derecho a un aguinaldo proporcional a los meses que sí se presentaron.

“Teóricamente no les computarían los días que estuvieron como grupos vulnerables y sólo le pagarían con el último salario, es decir, con el salario normal antes de la pandemia, los días laborados. Sin embargo (…) el llamado que se está haciendo por parte del sector empresarial y del sector sindical es que se trate de apoyar a esos trabajadores con el pago completo de su aguinaldo”, explicó.

En los trabajadores que no son población vulnerable, pero dejaron de laborar durante los meses del confinamiento porque su empresa permaneció cerrada, tampoco hay fundamento legal para que se les tomen en cuenta esos días en el aguinaldo, incluso si mantuvieron el pago de su salario.

Lo mismo sucede con los empleados de giros que permanecen cerrados por la contingencia sanitaria como antros y bares. Legalmente, sólo podrían exigir un pago proporcional a los días que laboraron antes de la pandemia.

“Por ejemplo una zapatería, que duraron cerradas como 4 meses, esos trabajadores, como la suspensión fue por causa de fuerza mayor, tampoco les computarían los días que no pudieron laborar aunque les hayan hecho un ajuste salarial (…) y le tienes que pagar con el salario que está percibiendo en diciembre (aunque proporcional al tiempo que laboraron en el año)”, abundó.

Lo mismo sucede con los empleados de giros que permanecen cerrados por la contingencia sanitaria como antros y bares. Legalmente, sólo podrían exigir un pago proporcional a los días que laboraron antes de la pandemia.

Si el colaborador continuó trabajando, pero firmó un convenio con su empleador para que temporalmente le bajaran el sueldo porque la empresa no tenía liquidez, le corresponde que le paguen el aguinaldo completo, con base en el salario original.

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